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Una reforma para algunos (Composición de la Corte)

Los puntos fundamentales para el fortalecimiento del Poder Judicial que se proponen están dirigidos a modificar composición, organización y funcionamiento de la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura (Decreto 635/20). La importancia y alcances del proyecto, que altera varios órganos constitucionales, es de tal magnitud que no puede ser visualizada desde la óptica de los intereses particulares de una persona o grupo, y promovida en un marco coyuntural, merece que se haga un debate amplio y transparente de cara a la sociedad, con el espíritu de construir consensos ciudadanos que legitime las conclusiones de dicho debate. 


Conforme el mandato constitucional, la república posee una Corte Suprema de Justicia (artículo 108). En tal sentido, la idea de dividir el tribunal en “Salas” transformaría al máximo tribunal en una pluralidad de tribunales en franca contradicción con el texto constitucional y, ella es “Suprema” porque es el órgano máximo judicial de nuestra Nación y es quien mejor representa la supremacía constitucional. En definitiva, la Corte Suprema de Justicia de la Nación es el único tribunal creado por la Constitución Nacional y es el garante final de los derechos y garantías consagrados por ella. 


También con el peronismo en los años ´90 se amplió la Corte Suprema, y en las discusiones preliminares a esa ampliación el máximo tribunal, mediante acordada 44/1989, criticó el proyecto enviado por el Poder Ejecutivo al Congreso en cuanto dentro de los fundamentos del proyecto se señalaba que tal decisión era “una solución para la actual coyuntura” y que de una manera “brusca” el Ejecutivo afectaba -con tal decisión- los valores de valores de independencia y estabilidad del sistema judicial. En el debate legislativo el senador Carlos Juárez sostenía que a mayor número, más eficacia y más rápida resolución de expedientes, mientras que desde la oposición se decía: “La República precisa una Corte independiente y no una dependencia administrativa integrada por los amigos de cada gobierno que llega al poder”.


En 1994 el convencional Enrique Paixao a propósito de la reforma constitucional observaba: “Si existe un poder del Estado que necesita una profunda reforma que desde la Constitución apunte a la recuperación de la confianza pública en su sistema institucional, es el poder crítico de ese sistema: el judicial. La crisis judicial —que ciertamente no es el tema que hoy trataré— se sintetiza en tres conceptos centrales: una crisis técnica, una crisis institucional —por la antigüedad de su diseño— y una crisis política, originada en la pérdida de la confianza pública en quienes ejercen ciertas magistraturas, algunas de ellas importantes”. Tal descripción no es ajena a los argumentos que gobierno tras gobierno nos proponen y nos invitan a rediseñar un Poder Judicial “transparente e independiente”.


Así, en el año 2006 la senadora Cristina Fernández de Kirchner nos aleccionaba a propósito del debate sobre la composición de la Corte Suprema: “...el funcionamiento de la Justicia, el rol de los poderes y la división de poderes en la Argentina, y todo esto mezclado con nuestra historia reciente y nuestras propias tragedias institucionales (...) quisiera decirles que estoy convencida de que se cierra un ciclo histórico. (...) Por eso creo que hoy, con este volver a los cinco miembros, se cierra un ciclo. Creo que se cierra para este gobierno y para los que vengan, en cuanto a cómo se deben manejar las instituciones”.


Así, en lugar de reformar la composición de la Corte, debemos consolidar las instituciones de la república, para de esa manera afianzar el funcionamiento independiente del Poder Judicial, por cuanto lo que se debe buscar es recuperar la confianza de la sociedad en el sistema. Joaquín V. González nos decía: “Ningún pueblo de la tierra ha gozado de libertad, mientras no ha tenido asegurada su justicia”. Es por ello que necesitamos una administración de justicia separada de los avatares políticos y sustentada sobre la igualdad, que resalte los valores republicanos y democráticos. La sociedad debe saber que la cabeza del Poder Judicial no es oficialista ni es opositora, no pertenece a ningún partido político. Lo que debemos asegurar entre todos es la plena independencia de nuestro máximo tribunal.

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