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Mostrando entradas de 2020

CONVENCION CONSTITUYENTE 1994 - PALABRAS DE ALFONSIN/ BARRA/ GARCIA LEMA SOBRE EL ART. 73 INC. 23

En la Sesión Ordinaria (Continuación) del 19 de agosto de 1994, en la reforma constitucional se debatía el Art. 75 inc. 23, aquí algunos de los discursos más importantes que pueden sumar al debate:  RAUL ALFONSIN .— Señor presidente: mi intervención ha de ser breve ya que la posició n del bloque de la Unión Cívica Radical fue expuesta con gran elocuencia y sensibilidad por el señor convencional Salum. La cláusula que estamos considerando ha sido el resultado de extensas conversaciones e intercambio de ideas que, en algún momento, se mezclaron con proyectos que establecían criterios vinculados con el tema de la vida y, otros, referidos al aborto —tema que nuestro bloque consideró que no se encuentra habilitado para la consideración de esta Convención, tal cual se pronunció, según tengo entendido, la Comisión de Redacción— en los que se fijaba su penalización. Entendemos que esta era y es una cuestión de tipo legal. Por lo tanto, vamos a votar afirmativamente el dicta

eBook - #DescargaGratuita INTRODUCCIÓN AL DERECHO PUBLICO PARLAMENTARIO

Al final podes " descargar " este " ebook". Este nace con una sola idea, la de  difundir de una manera simple, los aspectos básicos del funcionamiento del Congreso y las legislaturas provinciales. Entendemos y sabemos que existen muchos otros procesos congresional, "mociones", "uso de la palabra", "presentación de proyectos", "facultades del presidente del cuerpo", entre otros temas, creemos que este es un primer paso y debemos profundizar estas cuestiones que hacen al trabajo legislativo. Este simple aporte, es para que todos podamos comenzar a tomar partido y tener la idea de la importancia que reviste este poder del Estado. Entendemos que " “Quien no esté familiarizado con lo que el Congreso hace actualmente y con la manera como lo realiza, con todas sus funciones y todas sus ocupaciones, con todos sus procedimientos de administración y todos sus recursos de poder, está muy lejos de tener conocimiento del sistema cons

Orwell y la tentación de la censura

George Orwell escribió una de las grandes novelas de la literatura mundial, “1984”, esa obra nos invitaba a imaginar una sociedad que permanentemente era observada y controlada, donde uno podía ver en las paredes colgadas imágenes de un hombre con grandes bigotes y, leer en la parte inferior del cartelón la siguiente inscripción “el hermano grande os vigila”, esta situación pareciera que tiene su correlato en la actualidad.    Así, desde  la  Defensoría del Público se presentó “NODIO”, un observatorio de la desinformación y la violencia simbólica en medios y plataformas digitales, que tendrá como objetivo proteger a la ciudadanía de las noticias falsas, maliciosas y falacias, es decir, este ámbito será un lugar donde se buscara la “verdad de la información”, pudiendo observar dentro de las declaraciones de los especialistas que se puso de relieve -entre otras- la siguiente “El neoliberalismo se caracteriza por disolver los límites. Y lo ilimitado y lo democrático son incompatibles”.  

Sesiones Virtuales vs. Presenciales

El presidente de la Cámara de Diputados tiene las atribuciones bien delimitadas en el Reglamento del Cuerpo, en su Art. 37 establece el plazo de duración como autoridad de Cámara, en este sentido en lo referente a las  atribuciones y deberes  del presidente en su Art. 39 inc. 1 observa: “ llamar a los diputados al recinto y abrir las sesiones desde su asiento ”.   Decretada la pandemia, en el mes de abril la Cámara de diputados y de forma excepcional creó un protocolo de “ sesiones remotas ” el cual venció el día 4 de agosto pasado, no existiendo ninguna prorroga sobre el mismo, en la actualidad y conforme el Reglamento “ los diputados no constituirán Cámara fuera de la sala de sesiones, salvo los casos de fuerza mayor ” (Art. 14 RCDN).   La Comisión de Labor Parlamentaria, mediante un procedimiento excepcional, estableció este protocolo en base al “ consenso ” de todos los partidos con representación congresual, en este sentido y de acuerdo a una interpretación amplia del Art. 59 de l

El Ámbito para Sesionar y la Urgencia

Era el año 1908, y en las inmediaciones del Congreso de la Nación, se apostaron casi cien hombres del Cuerpo de Bomberos e impidieron el acceso a los legisladores nacionales al palacio. Mientras senadores y diputados llegaban a la zona, estos eran informados que " por orden superior ", no se les permitía el ingreso, tal orden venía del Jefe de la Policía Ramón L. Falcón, quien cumplimiento con el decreto presidencial de José Figueroa Alcorta.   Tal situación, inédita en la historia de nuestra vida democrática, nos invita a repensar la actualidad y buscar lugares comunes que permitan el normal funcionamiento y desenvolvimiento de uno de los poderes del Estado. Decretada la “pandemia” en la actualidad, la Cámara de Diputados lleva a cabo sesiones “remotas” (virtual y presencial), conforme el acuerdo celebrado en la “Comisión de Labor Parlamentaria” (Art. 58 y 59 RCDN), con el dictamen correspondiente de la “Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento” (Art. 89 RCDN).   La Cort

Una reforma para algunos (Composición de la Corte)

Los puntos fundamentales para el fortalecimiento del Poder Judicial que se proponen están dirigidos a modificar composición, organización y funcionamiento de la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura (Decreto 635/20). La importancia y alcances del proyecto, que altera varios órganos constitucionales, es de tal magnitud que no puede ser visualizada desde la óptica de los intereses particulares de una persona o grupo, y promovida en un marco coyuntural, merece que se haga  un debate amplio y transparente de cara a la sociedad, con el espíritu de construir consensos ciudadanos que legitime las conclusiones de dicho debate.  Conforme el mandato constitucional, la república posee una Corte Suprema de Justicia (artículo 108). En tal sentido, la idea de dividir el tribunal en “Salas” transformaría al máximo tribunal en una pluralidad de tribunales en franca contradicción con el texto constitucional y, ella es “Suprema” porque es el órgano máximo judicial de nuestra Nación y es quien me

La democracia no usa mordazas

La libertad de expresión, es la libertad de las libertades, esta reviste gran importancia en el fortalecimiento de la democracia y la república, por ello, en estos momentos, donde los ánimos están crispados, que cualquier opinión o critica puede sonar como un ataque a la autoridad, es necesario reflexionar y tratar de saltar la grieta. John Stuart Mill decía “ Negarse a oír una opinión, porque se está seguro de que es falsa, equivale a afirmar que la verdad que se posee es la verdad absoluta. Toda negativa a una discusión implica una presunción de infalibilidad ” (Sobre la libertad).   La Constitución en su Art. 14 establece que todos los habitantes gozan de los siguientes derechos conforme las leyes que reglamenten su ejercicio, y entre ellas, la de  publicar sus ideas sin censura previa ; la Convención Americana de Derechos Humanos en su Art. 13 nos habla sobre la libertad de pensamiento y expresión; el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su Art. 18 reconoce la lib

Comisiones y medias verdades

El Senado de la Nación dio media sanción a un proyecto de Ley de creación de una “Comisión Bicameral Investigadora” sobre las deudas que tiene la empresa “Vicentin” con el Banco Nación. La Cámara alta mediante una mayoría simple dio media sanción al proyecto de ley, a pesar de las reglas establecidas en su propio reglamento. Vamos a intentar con el presente trabajo esbozar algunas ideas sobre la creación de comisiones especiales y que regla debe aplicarse para su buen funcionamiento.   Primera cuestión ¿ pueden las cámaras poner en su regla interna mayorías especiales para su funcionamiento en determinadas cuestiones ?, la respuesta es afirmativa. En este sentido, no se puede omitir la lectura del Art. 66 de la Constitución Nacional que establece “ Cada Cámara hará su reglamento ...” para hacer nuestras las palabras de la Corte Suprema en un reciente fallo:   “ al poner en cabeza de cada una de sus Cámaras el dictado de su propio reglamento en el artículo 66, reconoce a cada una de ell

Sobre épicas inexistentes y atropellos a la libertad

Durante estos últimos años, algunos sectores de la política y el poder han caracterizado por darle una impronta caprichosa a las palabras, otorgándoles un sentido que poco tiene que ver con su real significado. Nos han bombardeado con eslogans y frases altisonantes,  apelando a discursos emocionales y títulos grandilocuentes que nos convocan a gestas   improbables sobre una inconclusa epopeya de “liberación” de algo o alguien.   Así podemos mencionar la " democratización de la palabra ", que en realidad solo buscó doblegar la libertad de la palabra y silenciar las voces disidentes en los medios de comunicación; la tan pregonada " democratización de la justicia ", que ocultaba la intención de modificar el sistema republicano eliminando la garantía de independencia del Poder Judicial para tener una justicia obediente; o la “ Soberanía energética”  que fue el título del modelo de “recuperación” de YPF que, con la excusa de tener el control de los hidrocarburos, dejó un

El caso Vicentin, una buena oportunidad para releer la Constitución

En el día de ayer la periodista Cristina Perez y el Presidente tuvieron un interesante intercambio de distintos puntos de vista sobre el decreto de “intervención” de Vicentín, por un lado la mención sobre la inconstitucionalidad de tal medida tomada por el Ejecutivo, y por el otro, la breve explicación que tal medida esta en el marco de nuestra Carta Fundamental, frente a tal situación vamos a explicar en pocas palabras en qué consiste una expropiación, procedimiento regulado en la Constitución. Trataremos de ceñirnos lo más posible al texto y a la lógica de la Constitución, dejando de lado nuestras opiniones personales.    Primero, toda expropiación de un bien debe ser antes calificada de utilidad pública por una ley del Congreso. Además, el artículo 17 de la Constitución indica que se le debe pagar una indemnización al propietario previamente a la expropiación. De ese modo, aunque el acto de la expropiación le corresponde a la administración, la calificación de utilidad pública es un

Decretos de necesidad y urgencia, delegación y pandemia

Un poco de historia El 23 de diciembre de 2019 se publica en el Boletín Oficial la Ley  27541 [1]   que declara la “ emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social ” y el Congreso Federal delega en el Poder Ejecutivo Nacional, conforme el artículo 76 de la Constitución Nacional, las facultades con arreglo a las bases de delegación con un plazo establecido, que la limita en el tiempo. Así, conforme lo establece la Carta Fundamental en su Art. 63:   “ Ambas Cámaras se reunirán por sí mismas en  sesiones ordinarias  todos los años desde el primero de marzo hasta el treinta de noviembre. Pueden también ser convocadas extraordinariamente por el Presidente de la Nación o prorrogadas sus sesiones ”, en definitiva, el Congreso de la Nación se encuentra en el “período de sesiones ordinarias”. En este sentido, el Poder Ejecutivo Nacional, el día 12 de marzo del 2020, mediante el DNU 260/20, en sus con

La información falsa y la tentación de limitar la libertad de expresión

I.                 Introducción Una de las características de estos últimos tiempos, es llevar adelante una política de “ prueba – error ”, así, un director del ENACOM Gustavo López dijo que:  " Lo que uno dice es que acá  no puede haber un juego político en el medio de la pandemia,  porque lo que ponemos en riesgo es la vida de la población " para proseguir " La noticia falsa es deleznable, pero en un momento de pandemia es inconcebible ". Según citó la TV Pública, afirmó que " los jueces deberían estar cerrando esos portales " que generan " alarma social " con noticias falsas sobre la situación sanitaria. Anunció que el Enacom " va a abrir un gran debate para analizar esto ". Desde el organismo, se desminitío la noticia, así, mediante una declaración se dijo: " El presidente del Ente Nacional de Comunicaciones aclaró que el organismo  no está trabajando en ninguna regulación vinculada con los contenidos  que circulan por