En los últimos días escuchamos al Presidente Alberto Fernández decir que: “La reforma del Poder Judicial en su más amplia dimensión también es una demanda impostergable de la sociedad en su conjunto”, “Viendo todo esto, y con el solo propósito de mejorar la calidad institucional de la República, quiero pedirle al Congreso con muchísimo respeto que asuma su rol de control cruzado sobre el Poder Judicial”.
En el año 1994 en el seno de la reforma constitucional se decía que el poder judicial estaba en crisis resumida de la siguiente formúla: “crisis técnica, una crisis institucional —por la antigüedad de su diseño— y una crisis política”, tal descripción no es ajena a los argumentos que gobierno tras gobierno nos proponen y nos invitan a rediseñar un poder judicial “transparente e independiente".
Pasaron 27 años de aquel discurso, y hoy en día, continuamos poniendo a la “sociedad” en el centro del debate de una nueva reforma judicial. “Reforma” que no viene a solucionar los problemas de la gente, sino que busca dar respuestas a los problemas de la política, y mucho más grave resulta que quieran implementar un nuevo control sobre los jueces y fiscales, para “saltearse” -como nos tienen acostumbrados- las funciones del Consejo de la Magistratura.
El Consejo creado en 1994 tuvo como idea central la de despolitizar la designación y remoción de jueces, y en su diseño se procuraría buscar el equilibro entre sus integrantes para que ningún sector predomine sobre los otros, dentro de sus funciones están las de: seleccionar mediante concursos públicos los postulantes a la magistratura, ejercer facultades disciplinarias sobre magistrados, decidir la apertura del procedimiento de remoción de magistrados, en su caso ordenar la suspensión, y formular la acusacióncorrespondiente.
Leyendo la Constitución Nacional, y especialmente su Art. 75 no se encuentro atribución alguna donde el Congreso pueda llevar a cabo el “control cruzado” expuesto por el presidente o la idea del Senador Oscar Parrilli quien dijo: “el Presidente ‘pidió una comisión bicameral’, de diputados y senadores, ‘que investigue a la Justicia’”, tal accionar afecta gravemente al sistema institucional y quiebra el diseño constitucional establecido en nuestra carta fundamental.
En el año 2005 la Senadora Cristina Fernández -en el debate sobre la modificación de la Ley del Consejo-, sostenía que el poder político entendido como reprsentación popular, debe asegurar al ciudadano el ejercicio del “control” y “que él mismo, como ciudadano, podrá controlar como se lleva adelante ese procedimiento a través de un expediente público, y presenciando las reuniones (...) debatiran y discutirán acerca de la conducta de tal o cual juez”, para concluir “Y pienso que abriendole al ciudadano la puerta del Consejo de la Magistratura, agilizando la tramitación y simplificando el procedimiento a través del cual puede acusar a un juez o hacer una denuncia -puede que ni siquiera lo acuse, simplemente que denuncie una conducta-, estaremos contribuyendo más que a ver si tal a cual sector tiene más o menos representantes”.
En definitiva, no existe razón alguna para llevar a cabo un “control cruzado” del Poder Judicial, no se encuentra atribución alguna en la Constitución que permita el ejercicio de dicha facultad por parte del Legislativo, es el Consejo de la Magistratura quien debe cumplir su función; lo que necesitamos es una justicia alejada de los avatares políticos y, debemos consolidar las instituciones de la república, para de esa manera “afianzar la justicia” objetivo trazado por nuestros constituyentes en 1853.
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