Los puntos fundamentales para el fortalecimiento del Poder Judicial que se proponen están dirigidos a modificar composición, organización y funcionamiento de la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura (Decreto 635/20). La importancia y alcances del proyecto, que altera varios órganos constitucionales, es de tal magnitud que no puede ser visualizada desde la óptica de los intereses particulares de una persona o grupo, y promovida en un marco coyuntural, merece que se haga un debate amplio y transparente de cara a la sociedad, con el espíritu de construir consensos ciudadanos que legitime las conclusiones de dicho debate. Conforme el mandato constitucional, la república posee una Corte Suprema de Justicia (artículo 108). En tal sentido, la idea de dividir el tribunal en “Salas” transformaría al máximo tribunal en una pluralidad de tribunales en franca contradicción con el texto constitucional y, ella es “Suprema” porque es el órgano máximo judicial de nuestra Nación y es...
(Diego Hernán Armesto - Abogado) Docente de Derecho Constitucional UBA Docente Derechos Humanos UP