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Mostrando las entradas etiquetadas como Constitución

El Ministerio Público en el debate Constituyente de 1994

Nuestra Constitución Nacional introdujo en la Segunda Parte, Título I, la sección IV, "Del Ministerio Público", cuyo único artículo dispone: " El Ministerio Público es un órgano independiente con autonomía funcional y autarquía financiera que tiene por función promover la actuación de la justicia en defensa de la legalidad de los intereses generales de la sociedad en coordinación con las demás autoridades de la República. Está integrado por un procurador general de la Nación y por un defensor general de la Nación y los demás miembros que la ley establezca. Sus miembros gozan de inmunidades funcionales e intangibilidad de remuneraciones ". Claramente, el constituyente de 1994 consagró, al Ministerio Público Fiscal como un  órgano extrapoder , el Convencional Héctor Masnnatta explico claramente algunas pautas que deberían haber sido observadas por el proyecto: “El segundo rasgo fortalece el objetivo rector, al disponer la autarquía financiera, concepto que no precisa ...

“Parámetros epidemiológicos y sanitarios regulatorios de la emergencia COVID-19”

  Breve análisis del proyecto de Ley. El  Art.1  del proyecto tiene dentro de su articulado algunas cuestiones que son contradictorias,  a saber: Declaración Universal de Derechos Humanos  -  Art. 25 : “ Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así́ como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez y otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad... ”. Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  –  art. 12, inciso 2, apartado c)  “ La prevención y el tratamiento de las enfermedades epidémicas, endémicas, profesionales y de otra índole, y la lucha contra ellas ” Convención Americana de Derechos Humanos – Art. 4   “1 . Tod...

Un nuevo ataque al Poder Judicial

En los últimos días escuchamos al Presidente Alberto Fernández decir que: “ La reforma del Poder Judicial en su más amplia dimensión también es una demanda impostergable de la sociedad en su conjunto”, “Viendo todo esto, y con el solo propósito de mejorar la calidad institucional de la República, quiero pedirle al Congreso con muchísimo respeto que asuma su rol de control cruzado sobre el Poder Judicial”.    En el año 1994 en el seno de la reforma constitucional se decía que el poder judicial estaba en crisis resumida de la siguiente formúla: “ crisis técnica, una crisis institucional —por la antigüedad de su diseño— y una crisis política ”, tal descripción no es ajena a los argumentos que gobierno tras gobierno nos proponen y nos invitan a rediseñar un poder judicial “transparente e independiente".   Pasaron 27 años de aquel discurso, y hoy en día, continuamos poniendo a la “sociedad” en el centro del debate de una nueva reforma judicial. “Reforma” que no viene a solucio...

Saltar la fila, no es una payasada

Transcurría  el año 2020 y en una "sesión mixta" de la Cámara de Diputados, el ex legislador Juan Ameri, sentó a una mujer en sus rodillas y comenzó a tocarla mientras transcurría el debate por la renegociación de una deuda de las provincias con el Fondo de Garantía de Sustentabilidad, en aquel momento,  Sergio Massa (Presidente de la Cámara) , anunció que Ameri iba a ser suspendido,  “Quiero pedir de manera inmediata la aplicación del artículo 188 del reglamento y disponer la suspensión inmediata del diputado Juan Ameri”,   minutos después de enterarse lo que había sucedido.   Esta situación, de indignidad que afectó a la Cámara de Diputados se encuadro en lo que se denomina “falta grave” y habilita a usar la facultad que le confiere el  Art. 66 de la Constitución , donde cada Cámara podrá   corregir   a cualquiera de sus miembros por desorden de conducta en el ejercicio de sus funciones, o   removerlo por inhabilidad física o...

eBook - #DescargaGratuita INTRODUCCIÓN AL DERECHO PUBLICO PARLAMENTARIO

Al final podes " descargar " este " ebook". Este nace con una sola idea, la de  difundir de una manera simple, los aspectos básicos del funcionamiento del Congreso y las legislaturas provinciales. Entendemos y sabemos que existen muchos otros procesos congresional, "mociones", "uso de la palabra", "presentación de proyectos", "facultades del presidente del cuerpo", entre otros temas, creemos que este es un primer paso y debemos profundizar estas cuestiones que hacen al trabajo legislativo. Este simple aporte, es para que todos podamos comenzar a tomar partido y tener la idea de la importancia que reviste este poder del Estado. Entendemos que " “Quien no esté familiarizado con lo que el Congreso hace actualmente y con la manera como lo realiza, con todas sus funciones y todas sus ocupaciones, con todos sus procedimientos de administración y todos sus recursos de poder, está muy lejos de tener conocimiento del sistema cons...

Orwell y la tentación de la censura

George Orwell escribió una de las grandes novelas de la literatura mundial, “1984”, esa obra nos invitaba a imaginar una sociedad que permanentemente era observada y controlada, donde uno podía ver en las paredes colgadas imágenes de un hombre con grandes bigotes y, leer en la parte inferior del cartelón la siguiente inscripción “el hermano grande os vigila”, esta situación pareciera que tiene su correlato en la actualidad.    Así, desde  la  Defensoría del Público se presentó “NODIO”, un observatorio de la desinformación y la violencia simbólica en medios y plataformas digitales, que tendrá como objetivo proteger a la ciudadanía de las noticias falsas, maliciosas y falacias, es decir, este ámbito será un lugar donde se buscara la “verdad de la información”, pudiendo observar dentro de las declaraciones de los especialistas que se puso de relieve -entre otras- la siguiente “El neoliberalismo se caracteriza por disolver los límites. Y lo ilimitado y lo democrátic...

Sesiones Virtuales vs. Presenciales

El presidente de la Cámara de Diputados tiene las atribuciones bien delimitadas en el Reglamento del Cuerpo, en su Art. 37 establece el plazo de duración como autoridad de Cámara, en este sentido en lo referente a las  atribuciones y deberes  del presidente en su Art. 39 inc. 1 observa: “ llamar a los diputados al recinto y abrir las sesiones desde su asiento ”.   Decretada la pandemia, en el mes de abril la Cámara de diputados y de forma excepcional creó un protocolo de “ sesiones remotas ” el cual venció el día 4 de agosto pasado, no existiendo ninguna prorroga sobre el mismo, en la actualidad y conforme el Reglamento “ los diputados no constituirán Cámara fuera de la sala de sesiones, salvo los casos de fuerza mayor ” (Art. 14 RCDN).   La Comisión de Labor Parlamentaria, mediante un procedimiento excepcional, estableció este protocolo en base al “ consenso ” de todos los partidos con representación congresual, en este sentido y de acuerdo a una interpretación ampl...

El Ámbito para Sesionar y la Urgencia

Era el año 1908, y en las inmediaciones del Congreso de la Nación, se apostaron casi cien hombres del Cuerpo de Bomberos e impidieron el acceso a los legisladores nacionales al palacio. Mientras senadores y diputados llegaban a la zona, estos eran informados que " por orden superior ", no se les permitía el ingreso, tal orden venía del Jefe de la Policía Ramón L. Falcón, quien cumplimiento con el decreto presidencial de José Figueroa Alcorta.   Tal situación, inédita en la historia de nuestra vida democrática, nos invita a repensar la actualidad y buscar lugares comunes que permitan el normal funcionamiento y desenvolvimiento de uno de los poderes del Estado. Decretada la “pandemia” en la actualidad, la Cámara de Diputados lleva a cabo sesiones “remotas” (virtual y presencial), conforme el acuerdo celebrado en la “Comisión de Labor Parlamentaria” (Art. 58 y 59 RCDN), con el dictamen correspondiente de la “Comisión de Peticiones, Poderes y Reglamento” (Art. 89 RCDN).   La Cort...

Una reforma para algunos (Composición de la Corte)

Los puntos fundamentales para el fortalecimiento del Poder Judicial que se proponen están dirigidos a modificar composición, organización y funcionamiento de la Corte Suprema y el Consejo de la Magistratura (Decreto 635/20). La importancia y alcances del proyecto, que altera varios órganos constitucionales, es de tal magnitud que no puede ser visualizada desde la óptica de los intereses particulares de una persona o grupo, y promovida en un marco coyuntural, merece que se haga  un debate amplio y transparente de cara a la sociedad, con el espíritu de construir consensos ciudadanos que legitime las conclusiones de dicho debate.  Conforme el mandato constitucional, la república posee una Corte Suprema de Justicia (artículo 108). En tal sentido, la idea de dividir el tribunal en “Salas” transformaría al máximo tribunal en una pluralidad de tribunales en franca contradicción con el texto constitucional y, ella es “Suprema” porque es el órgano máximo judicial de nuestra Nación y es...