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La herramienta constitucional del "desafuero"

Principales desafueros en la Cámara de Diputados de la Nación DIPUTADO AÑO Manuel González Bonorino 1902 Benito Villanueva 1903 Alberto Barceló 1916 Rodolfo Moreno (h) 1919 Jacinto Oddone 1935 Daniel Bosano Ansaldo 1935 Ricardo Balbin 1949 Silvano Santandar, Miguel Yadarola y Zavala Ortíz 1951 Las inmunidades básicas de los legisladores en nuestro sistema son tres: la inmunidad de expresión, la inmunidad contra el arresto y las limitaciones al proceso que están vinculadas con lo que denominamos desafuero , en esto orden de ideas se puede decir que “la idea del privilegio parlamentario supuso la protección de un núcleo básico de actividad que se encontraba básicamente formado por las opiniones y los votos emitidos por los legisladores en las cámaras legislativas ” [1] . El artículo 69 sobre la “ inmunidad de arresto ” dice: “ Ningún senador o diputad...

Un feriado para reflexionar

Cada día feriado en nuestra sociedad ha adquirido un particular significado que pasa por revisar febrilmente el almanaque, hacer cálculos en cuanto a la disponibilidad financiera, y planificar después para disfrutar de un nuevo descanso “puente” o simplemente de un fin de semana largo. Claramente, se perdió el sentido y finalidad de los mismos, ya nadie se preocupa y ocupa de rendir un homenaje sincero o recordar cabalmente a nuestros próceres, o a reflexionar sobre algún acontecimiento histórico que haya merecido tal distinción. En pocos días más festejaremos un nuevo 1º de mayo, fecha que por Ley 25.863 se declaró como Día Nacional de la Constitución Nacional en conmemoración de su sanción, acaecida el mismodía, pero de 1853, en la ciudad de Santa Fe. Sería razonable y saludable desde el punto de vista cívico, que el Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Nación, las autoridades educativas de las distintas jurisdicciones y el Consejo Federal de Cultura y Educa...

EL "RECHAZO" DE LA BICAMERAL

Distintas voces hicieron tronar los portales de noticias, la comisión bicameral de Trámite Legislativo, “rechazó y aprobó un dictamen de mayoría para derogar el decreto de la actual Administración de Gobierno, que fijó un aumento en el mínimo no imponible del impuesto a las ganancias”, tal información es completamente errónea , las razones de tal equivocación se desprende de dos reglas, las propias de la Comisión Bicameral y la Ley que reglamenta este procedimiento. Así, el Reglamento de la Bicameral establece en su ARTÍCULO 7º - Dictámenes de Mayoría y de Minoría. Se considerará que una decisión ha sido adoptada por mayoría, cuando la misma haya resultado suscripta por la mitad más uno de los miembros conforme lo dispuesto por el artículo 8º de la ley 26.122. En caso que hubiera unanimidad de criterios de los miembros de la Comisión respecto de las observaciones, propuestas o recomendaciones a informar a las Cámaras se producirá un único Dictamen. Si las op...

El acceso a la información pública, un derecho de todos

En el día de ayer, la Corte Suprema de Justicia de la Nación -ahora de 5 miembros- se pronunció a favor del acceso a la información pública, dándole un nuevo respaldo al ejercicio de este derecho, al confirmar dos fallos de Cámara que condenan al Estado Nacional a proveer informes en el marco de las causas contra la Inspección General de Justicia (IGJ) y el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. El primer caso encuentra su origen en dos pedidos de información que, en los términos de lo estipulado por el Decreto 1172/03, fueron presentados ante la IGJ en febrero y marzo de 2012 por el entonces Diputado Ricardo Gil Lavedra, en los cuales se requería al organismo dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación que informara sobre la situación de las empresas Ciccone Calcográfica S.A. y The Olf Fund . Cabe recordar aquí que la IGJ lleva a cabo una tarea fundamentalmente registral: es la encargada de anotar y fiscalizar a...

La omnipotencia del Estado...

El presente análisis versa sobre el paquete de leyes que el Poder Ejecutivo remitió al Honorable Senado de la Nación y que la  próxima  semana será tratado en la  Cámara  de  Diputados  de la Nación, así se deben tener presentes los siguientes:  a.- “ Sistema de Resolución de Conflictos en relaciones de Consumo ” (Expte. 298-PE- 2014);  b.- “ Creación del observatorio de precios y disponibilidad de insumos bienes y servicios ” (Expte.   299 –PE- 2014); y  c.- “ Nuevas regulaciones de las Relaciones de Producción y Consumo ” (Expte. 300 – PE- 2014).             Cabe destacar ante todo que este paquete de proyectos viene a reforzar una de las características propias de esta Administración de Gobierno de darle una impronta caprichosa  a las palabras y, así, otorgarle un sentido que poco tiene que ver con el real significado de las mismas. Al igual que bajo la ...

Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

EL JEFE DE GOBIERNO DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES DECRETA Artículo 1°.- Apruébase el Régimen de Defensa de la Libertad de Expresión en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que como Anexo I forma parte integrante del presente decreto. Artículo 2°.- El presente decreto entra en vigencia el día de su publicación. Artículo 3°.- El presente decreto es refrendado por los señores Ministros del Poder Ejecutivo, y por el señor Jefe de Gabinete de Ministros. Artículo 4°.- Dése cuenta a la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los fines previstos en el artículo 103 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 5°.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, comuníquese a la Subsecretaría de Derechos Humanos y Pluralismo Cultural de la Jefatura de Gabinete de Ministros, y para su cumplimiento y demás efectos remítase al Ministerio de Justicia y Seguridad. Cumplido, archívese. ANEXO I REGIST...